Líquidos inflamables será o deberá incluir líquidos cuyo punto de inflamación por debajo de 100 ° F (37. 8 ° C) y tener una presión de vapor no superior a 40 psi (276 kPa) (absoluta) a 100 ° F (37. 8 ° C). Inflamables líquidos deberán subdividirse como sigue: clase I líquidos deberá incluir aquellos que tienen puntos de inflamación por debajo de 100 ° F (37. 8 ° C) y se subdividirá como sigue: (1) líquidos clase IA incluirá a aquellos que tienen puntos de inflamación por debajo de los 73 ° F (22. 8 ° C) y tener un punto de ebullición por debajo de 100 ° F (37. 8 ° C); (2) Clase IB líquidos incluyen aquellos que tienen puntos de inflamación por debajo de los 73 ° F (22. 8 ° C) y tener un punto de ebullición por encima de 100 ° F (37. 8 ° C); (3) Clase IC líquidos incluyen aquellos que tienen puntos de inflamación en o por encima de 73 ° F (22. 8 ° C) e inferiores a 100 ° F (37. 8 ° C). Combustibles líquidos será o deberá incluir líquidos cuyo punto de inflamación igual o superior a 100 ° F (37. 8 ° C). Se subdividirá como sigue: (1) líquidos clase II deberán incluir aquellos que tienen puntos de inflamación en o por encima de 100 ° F (37. 8 ° C) y por debajo de 140 ° F (60 ° C); (2) Clase IIIA líquidos incluyen aquellos que tienen puntos de inflamación igual o superior a 140 ° F (60 ° C) y por debajo de 200 ° F (93. 3 ° C); (3) Clase IIIB líquidos incluyen aquellos que tienen puntos de inflamación en o por encima de 200 ° F (93. 3 ° C).
- Part of Speech: noun
- Industry/Domain: Fire safety
- Category: Prevention & protection
- Company: NFPA
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- Ashley2003
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(Bilbao, Spain)